Autonomía colectiva para pactar reajustes convencionales superiores o distintos a los legales y los límites del control judicial por “conveniencia económica”
Subtemas: Beneficios convencionales como derechos adquiridos y su carácter patrimonial; Valor probatorio de la contestación de la demanda (hecho 10) y efectos de la admisión confesional en la valoración de pruebas; Sustitución patronal y reconocimiento del sucesor procesal (FONECA) con sus implicaciones de responsabilidad; Compartibilidad pensional y el criterio para calcular el umbral de cinco salarios en la aplicación del reajuste; Medidas procesales para actualizar la liquidación (oficios a FONECA y Colpensiones, certificación de mesadas) y efectos de la casación.
Publicado por Artículo20 en: 2026/06/19
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2026-N
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