Deber del juez laboral de atender hechos sobrevenidos que permitan consolidar el derecho pensional y su plazo probatorio
Subtemas: Error de hecho por omisión o indebida valoración probatoria en el cómputo de semanas cotizadas, Determinación de la fecha de causación de la pensión y cálculo de retroactivos (momento de exigibilidad), Procedencia, alcance y liquidación de intereses moratorios conforme al artículo 141 de la Ley 100 de 1993, Excepción de prescripción y cómputo del término trienal desde la exigibilidad del derecho pensional, Requisitos del recurso de casación por vía indirecta para acreditar error de hecho en la valoración probatoria.
Publicado por Artículo20 en: 2026/05/06
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-N/A
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