IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD. FILIACIÓN REAL Insuficiencia de la cuota alimentaria para cubrir los gastos de los niños, niñas y adolescentes no puede ser un factor para limitar los derechos de los progenitores
No debe privilegiarse la paternidad socio afectiva cimentada en el desconocimiento injustificado de los derechos del niño y del padre biológico. La Corte recuerda que la familia no debe definirse exclusivamente por el cientificismo.
Publicado por Artículo20 en: 2022/07/14
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2022-N
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