Juez del proceso ejecutivo no está facultado para analizar la legalidad de los actos administrativos que constituyan parte integrante de un título ejecutivo
En firme sentencia que declaró la no prosperidad de las excepciones y ordenó seguir adelante con la ejecución en el proceso promovido por la Empresa de Vivienda de Antioquia por más de mil millones de pesos contra el municipio de Necoclí, por incumplimiento de convenio interadministrativo de cofinanciación para construir 200 VIS.
Publicado por Artículo20 en: 2022/06/01
Consejo de Estado--2022-N
|