Cuatro meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, es el término para interponer la acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos
Rechazada demanda de la Empresa de Distribución de Agua Potable, Alcantarillado y Aseo del Carmen de Apicalá contra actos de SuperServicios por los cuales se impone sanción en la modalidad de amonestación por considerar que incurrió en silencio administrativo positivo por falta de respuesta en debida forma.
Publicado por Artículo20 en: 2020/06/26
Consejo de Estado--2019-N
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