Publicado en Diario Oficial proyecto Creg que modifica definiciones de “promotor” y “supervisión” en la Resolución 114 de 2018, que establece condiciones para la comercialización de energía
Hasta el 29 de noviembre de 2018 se reciben comentarios y observaciones en el correo electrónico creg@creg.gov.co o mediante comunicación dirigida al Director Ejecutivo en la siguiente dirección: Avenida calle 116 No. 7-15, Edificio Torre Cusezar, interior 2, oficina 901.
Publicado por Artículo20 en: 2018/11/27
CREG--Resolucion--2018-N
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