LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Corte Constitucional explica las cuatro circunstancias para la procedencia excepcional del acceso a tratamientos de fertilización in vitro por vía tutela
La Corte negó el amparo constitucional invocado contra la Asociación Indígena del Cauca EPS por la negativa del tratamiento de fertilización in vitro, pues encontró que la disfunción reproductiva de la accionante es causada por un problema físico originario que no genera consecuencias adversas para su salud.
Publicado por Artículo20 en: 2018/11/15
Corte Constitucional-Sentencia-2018-N
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