Protección constitucional del trabajador sindicalizado frente al despido y el efecto del principio de legalidad: Corte Suprema
Se concedió la tutela por vulneración del debido proceso; se dejó sin efecto la sentencia del 24 de abril de 2026 y se ordenó al colegiado dictar nueva providencia en un término no superior a diez (10) días. Se dispuso notificar y remitir el expediente a la Corte Constitucional para eventual revisión.
Publicado por Artículo20 en: 2026/05/29
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2026-N
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