La Corte reafirma que en casos de enfermedades degenerativas es posible contar las semanas cotizadas desde la última aportación y no solo desde la fecha de estructuración de la invalidez
Subtemas: Finalidad y límites del recurso de casación como mecanismo extraordinario y no como tercera instancia, Prohibición de introducir medios nuevos en casación cuando no fueron planteados en la apelación, Improcedencia de mezclar cuestiones fácticas y jurídicas en un mismo cargo por la vía directa, Deber del juez de analizar las circunstancias concretas para establecer cuándo la enfermedad impidió seguir trabajando, Condena en costas y fijación de agencias en derecho en el trámite del recurso extraordinario.
Publicado por Artículo20 en: 2026/03/04
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-N/A
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