Al negar la nulidad del proceso contra exgobernador de Vichada, la Corte indicó que la oportunidad para alegar nulidades depende del momento en que se configure el vicio
Reafirma que la acusación es un acto complejo (escrito + verbalización) y que, salvo defectos graves en la imputación, las nulidades vinculadas a la acusación deben promoverse una vez ésta esté definitivamente formulada; sin embargo, por retraso procesal decide pronunciarse de fondo.
Publicado por Artículo20 en: 2026/06/03
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2025-N
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