Miércoles , 26 de Agosto de 2009 |
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El que con motivo o con ocasión de un evento deportivo, antes, durante o después de él, por cualquier medio genere violencia, disturbios o terrorismo, incurrirá en prisión de 10 a 15 años y prohibición de concurrir a eventos deportivos además de multa de mil (1000) a diez mil (10.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes sin perjuicio de la pena que le corresponda por los demás delitos que se ocasionen con esta conducta, es la propuesta de un proyecto de ley que hará tránsito en la Comisión Primera de la Cámara.
“La finalidad del presente proyecto de ley (PL-2009-N116C) va más allá que la simple adecuación de una conducta específica dentro de algún tipo de responsabilidad penal, pues el daño colectivo que producen los individuos generadores de terror dentro de los espectáculos deportivos nos impone la obligación social de dar una solución jurídica ante tales conductas delictivas y terroristas”, afirma el autor de la iniciativa, el representante Juan Carlos Granados Becerra.
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