Miércoles , 15 de Abril de 2009 |
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“Todo proyecto de ley encaminado a reformar el sistema penal y penitenciario, deberá ser examinado previamente por el Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria, organismo que luego de someterlo al estudio académico-científico a que haya lugar y con base en los principios de racionalidad, igualdad, proporcionalidad, necesidad y utilidad, emitirá concepto para que el Congreso decida. Esta facultad no podrá suspenderse durante los Estados de Excepción”, así lo señala un proyecto de acto legislativo que modifica el artículo 29 de la Constitución Política. Con esta propuesta se busca brindar una solución racional al problema de inflación legislativa en materia penal y de procedimiento.
Añade el PAL-2009-N014S- que corresponde al Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria, el diseño de políticas públicas destinadas a combatir la delincuencia, el cual deberá ser presentado al Congreso de la República para su discusión, aprobación y desarrollo.
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