Jueves , 27 de Marzo de 2008 |
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A través de este proyecto de ley se autoriza a las asambleas de los departamentos de Caquetá, Putumayo, Guaviare y Amazonas, y a los concejos municipales para que ordene la emisión de la estampilla “Prodesarrollo Universidad de la Amazonía”. Lo recaudado se distribuirá así: el 25% se invertirá en mantenimiento o ampliaciones de la actual planta física, compra de materiales y equipos de laboratorio y dotación de bibliotecas; el 25% para la construcción y dotación de unas residencias universitarias, al igual que para la adecuación de la planta física, la cual se destinará al establecimiento de centros de investigación y programas de pregrado y posgrado.
El 18% para establecer programas de regionalización en la región amazónica; el 10% para la adquisición de textos básicos y publicaciones periódicas de acuerdo con las prioridades establecidas por el Consejo Superior de la Universidad de la Amazonía; el 10% se destinará a programas específicos que tiendan a elevar el nivel científico de la Universidad y el 12% restante a financiar programas de pregrado y posgrado a personas en condiciones de vulnerabilidad manifiesta como producto de la violencia según las directrices establecidas por el Consejo Superior de la Universidad de la Amazonía. Señala el PL-261/08C que la emisión de la estampilla Pro – Universidad de la Amazonía, cuya creación se autoriza, será hasta por la suma de $150 mil millones. El monto total recaudado se establece a precios constantes de 2007.
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