Viernes , 10 de Agosto de 2012 |
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Para evitar contaminación de aguas subterráneas, construcción de cementerios requerirán licencia ambiental
Aunque se presentó ponencia para primer debate en junio de 2013, ella no se discutió, es por lo que este proyecto fue archivado por términos en la legislatura 2013-2014.
Publicado por Artículo20 en: 2012/08/09 12:39:17 pm
CongresodelaRepublica- PL-2012-N057S-Comision Quinta- TO (CEMENTERIOS) 2012/08/01 
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El objeto del proyecto es el fortalecimiento de las medidas establecidas legalmente, para evitar la contaminación de las aguas subterráneas, como resultado de la aprobación de licencias para la construcción de cementerios en sitios en donde existan aguas subterráneas o superficiales. Con este propósito adiciona un numeral al artículo 9 del Decreto Reglamentario 2028 de 2010, incorporando la construcción y funcionamiento de los cementerios, como actividades que requerirán el otorgamiento de Licencia Ambiental, por parte de la autoridad competente. Lo anterior teniendo en cuenta que son establecimientos para el almacenamiento, tratamiento, procesamiento o disposición final de residuos o desechos peligrosos, como resultado del proceso de cremación o descomposición de restos humanos.
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