La propuesta busca compensar a los municipios de comunidades negras, de igual manera como lo hace el artículo 24 de la ley 44 de 1990, modificado por el artículo 184 de la ley 223 de 1985, por los territorios o resguardos indígenas. La compensación consistiría en que con cargo al Presupuesto Nacional, la Nación gire anualmente, a los municipios en donde existan Títulos colectivos de Comunidades negras, las cantidades que equivalgan a lo que tales municipios dejen de recaudar según certificación del respectivo tesorero municipal, por concepto del impuesto predial unificado, o no hayan recaudado por el impuesto y las sobretasas legales.
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