Lunes , 13 de Septiembre de 2010 |
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La iniciativa busca crear un sistema de responsabilidad penal aplicable a los mayores de dieciséis (16) y menores de dieciocho (18) años que se hallen responsables de la comisión de una conducta punible, modificando para ello la ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, en los siguientes términos: “Se establece que el carácter de las medidas y sanciones que se tomen dentro del sistema de responsabilidad penal para adolescentes tendrán carácter de pedagógicas y educativas, haciendo la salvedad frente a las sanciones que se apliquen a mayores de dieciséis (16) y menores de dieciocho (18) años, a las cuales se les atribuye las consecuencias penales y judiciales de las demás sanciones penales”.
En cuanto a las sentencias proferidas por autoridad judicial competente sobre adolescentes mayores de dieciséis (16) y menores de dieciocho (18) años, “se establece que éstas constituyen antecedentes judiciales, y que los mismos podrán ser utilizados por la autoridad judicial para definir y establecer la naturaleza y gravedad de las conductas, así como la reincidencia en la conducta, y la proporcionalidad e idoneidad en la medida decretada…”. Autor: Senador Roy Barreras Montealegre.
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