Según el articulado del proyecto de ley, “la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones deberá expedir la reglamentación por la cual se establezcan las tarifas para la prestación del servicio público de telefonía móvil celular, fija, radiodifundida, sobre IP y demás servicios similares, instaurando una tarifa de piso que garantice los costos operativos para una eficiente prestación del servicio, cuyo cobro sea por segundos efectivos servidos, una vez se establezca la comunicación real y efectiva”.
Añade que el proyecto de ley que “los operadores deberán tener oficinas de atención al usuario para los efectos de resolver las quejas, peticiones y reclamos, quienes se podrán organizar en asociaciones o ligas de usuarios o afiliarse a las existentes, que se asimilan a las organizaciones de consumidores en igualdad de condiciones de sus derechos constitucionales y legales, quienes podrán designar defensores de los usuarios por ciudades y departamentos para que ejerzan veedurías, arbitramientos y conciliaciones de los problemas entre operadores y usuarios”. Autor: Édgar Espíndola Niño.
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