Viernes , 23 de Julio de 2010 |
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Propone el proyecto de ley que “Las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que obtengan y disfruten de beneficios y exenciones tributarias, ayudas económicas para fomento de empleo, formación profesional, ocupacional o continua, concedidas, financiadas o garantizadas en todo o en parte por el Estado, que no cumplan con el objetivo con el cual les fueron otorgados, incurrirán en multas de 500 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, pérdida del beneficio otorgado y deberán efectuar la retribución al Estado de los recursos obtenidos y disfrutados”.
Agrega el PL-2010-N003C que “las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras podrán renunciar a los beneficios acordados por el Gobierno nacional si no pudieren dar cumplimiento, y así evitar cualquier tipo de sanción o multa”. Autor: Bancada movimiento político Mira.
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