Jueves , 8 de Febrero de 2007 |
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Los gobiernos de Colombia y Chile señalan como consideraciones a la celebración del Acuerdo:1) La voluntad de estrechar los lazos especiales de amistad, solidaridad y cooperación entre sus pueblos, el desarrollo de sus respectivos derechos y obligaciones derivados del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y del Tratado de Montevideo 1980, así como de otros instrumentos bilaterales y multilaterales de integración y cooperación de los que sean parte; 2) La necesidad de fortalecer el proceso de integración de América Latina, a fin de alcanzar los objetivos previstos en el Tratado de Montevideo, mediante la concertación de acuerdos bilaterales y multilaterales lo más amplios posible; 3) La participación activa de las Partes en la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) y el avance logrado en la integración económica entre las Partes derivado del Acuerdo de Complementación Económica ACE 24; y 4) La importancia de trabajar conjuntamente hacia una mayor integración con la región del Asia – Pacífico, y entre otros aspectos centrales de cooperación, crear mejores condiciones económicas y sociales hacia el mejor bienestar de sus naciones.
El Acuerdo de libre comercio entre Colombia y Chile, el cual constituye un Protocolo adicional al acuerdo de complementación económica ACE 24-, suscrito el 27 de noviembre de 2006, comprende 22 capítulos y con sus respectivos Anexos. Las Principales disciplinas que regularán el comercio de bienes, servicios, inversiones y aspectos ambiental y laboral comprenden de forma general: Disposiciones Iniciales: En este capítulo los países señalan sus objetivos y principales voluntades hacia el desarrollo y cooperación de las Partes; Comercio de Mercancías: Establece sus principios y demás disposiciones para el intercambio de las mecánicas; Normas y procedimientos de origen: Se desarrolló un anexo detallado de criterios de calificación de origen para las mercancías. Se mantuvieron criterios de calificación como los que otorgan origen a productos del mar cuando sean obtenidos fuera del territorio de las partes por barcos registrados o matriculados en una Parte o por naves pesqueras arrendadas por empresas establecidas en territorio de una parte.
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