El proyecto de ley pretende exonerar a recicladores informales de las sanciones contenidas en los numerales 6, 14, 15, de de la ley 1259 de 2008 (Comparendo ambiental) argumentando que se vulnera el derecho al trabajo “a esta población que por naturaleza ya esta en condiciones de marginación y desigualdad”.
Según la ley de Comparendo Ambiental, son infracciones a las normas ambientales de aseo las siguientes: Destapar y extraer, parcial o totalmente, sin autorización alguna, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección; darle mal manejo a sitios donde se clasifica, comercializa, recicla o se transforman residuos sólido; fomentar el trasteo de basura y escombros en medios no aptos ni adecuado. PL-2009-N222S.
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